Trámites y normativa

¿QUÉ SON LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN?


Son una modalidad de contrato de trabajo que tiene como objeto la adquisición por parte del trabajador de la formación teórica y práctica necesaria para desempeñar adecuadamente un oficio o puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.

Nuestro centro está homologado por el INEM para la impartición de la formación teórica presencial de los Contratos para la Formación.

El contrato para la formación pretende, por tanto, dar una salida a aquellos desempleados con una formación básica o que no han terminado la enseñanza obligatoria.


TRÁMITES


Los documentos necesarios para dar de alta a un trabajador con un contrato para la Formación, son los siguientes:


Fotocopia del contrato para la formación (Modelo 421), tramitado en el INEM.

Comunicación de Acuerdo firmada por la empresa, el trabajador y el Centro de formación, e imprescindible, sellada por la Oficina de Empleo que corresponda.

Domiciliación de Pago en Entidades Bancarias y Cajas de Ahorro cumplimentando los datos bancarios.


NORMATIVA



REAL DECRETO 488/1998 de 27 de Marzo (B.O.E. de 9 de Abril) por el que se desarrolla el Art.11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.

ORDEN MINISTERIAL de 14 de Julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del Contrato para la Formación.

RESOLUCION de 26.10.1998 de la Dirección General del INEM por la que se aprueba el modelo de Contrato para la Formación y dicta instrucciones para el desarrollo y aplicación de la O.M. 14.07.98, que regula aspectos formativos del mismo. (B.O.E.8.12.98 nº293).

REAL DECRETO-LEY 5/2006 DE 9 DE Junio para la Mejora del Crecimiento y del Empleo.